Artículo 1201 del Código Civil de Tabasco
Habitación
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. Del usufructo, del uso y de la habitacion · Capitulo V. Del uso y de la habitación.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La habitación es un derecho real, temporal, vitalicio por naturaleza, para ocupar gratuitamente, en una casa ajena, las piezas necesarias para el titular del expresado derecho y las personas de su familia.