Artículo 1216 del Código Civil de Tabasco
inseparabilidad
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo séptimo. Delas servidumbres · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las servidumbres son inseparables del inmueble a que activa o pasivamente pertenecen.