Artículo 1219 del Código Civil de Tabasco
Constitución
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo séptimo. Delas servidumbres · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las servidumbres pueden constituirse por la ley, por usucapión y por acto jurídico unilateral o plurilateral.