Artículo 1378 del Código Civil de Tabasco
Muerte antes de realizarse la condición
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo II. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La carga de hacer alguna cosa, se considera como condición resolutoria.