Artículo 1553 del Código Civil de Tabasco
Secreta
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VIII. De la nulidad y revocación de los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Es nula la institución de heredero o legatario hecha en memorias o comunicados secretos.