Artículo 1552 del Código Civil de Tabasco
Nulidad
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo vii.. De las substituciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Todo lo dispuesto en este Capítulo respecto de los herederos, se observará también respecto de los legatarios.