Artículo 1621 del Código Civil de Tabasco
Declaración del Juez
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo tercero. De la forma de los testamentos · Capitulo III. Del testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cumplido lo prescrito en los cinco artículos anteriores, el Juez declarará legal el testamento y ordenará su protocolización.