Artículo 1703 del Código Civil de Tabasco
Derechos y obligaciones como los demás herederos
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo cuarto. De la sucesión legítima · Capitulo VIII. De la sucesión de la beneficencia pública
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los derechos y obligaciones de la Beneficencia Pública, son del todo iguales a los de los herederos.