Artículo 1853 del Código Civil de Tabasco
Cuándo no opera la prescripción
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesión testamentaria y a la legítima · Capitulo VII. De la partición
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si todos los herederos poseen en común la herencia o alguno en nombre de todos, no operen la prescripción.