Artículo 1954 del Código Civil de Tabasco
Escritura pública
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo V. De la forma externa de los contratos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Salvo los casos de excepción que este Código establece, deben constar en escritura pública los contratos por los cuales se transfiera o modifique el dominio de bienes inmuebles o se constituya un derecho real.