Artículo 2028 del Código Civil de Tabasco
Uso abusivo de un derecho
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo sexto. De la responsabilidad civil · Seccion segunda. Personas obligadas a la responsabilidad civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Cuando al ejercitar un derecho se cause daño a otro, quien ejercitó el derecho tiene obligación de indemnizar a aquél si se demuestra que el derecho sólo se ejercitó a fin de causar el daño, sin utilidad para el titular del derecho.