Artículo 2258 del Código Civil de Tabasco
Acciones
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Título noveno. De la transmisión de los derechos de crédito y de los derechos reales · Capitulo V · Seccion primera. De la eviccion y del saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Las acciones rescisorias y de indemnización a que se refiere este Capítulo, prescriben en un año que se contará desde el día en que el adquirente tenga noticia de la carga o servidumbre.