Artículo 2260 del Código Civil de Tabasco
Enajenación en remate
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Título noveno. De la transmisión de los derechos de crédito y de los derechos reales · Capitulo V · Seccion primera. De la eviccion y del saneamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
En las enajenaciones hechas en remate, la persona a quien se remata un bien, no está obligada por causa de la evicción que sufriera el bien rematado, sino a restituir el precio que haya producido el remate.