Artículo 2261 del Código Civil de Tabasco
Obligaciones en los contratos conmutativos
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Título noveno. De la transmisión de los derechos de crédito y de los derechos reales · Capitulo V · Seccion segunda. De los defectos ocultos del bien enajenado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
En los contratos conmutativos, el enajenante está obligado al saneamiento por los defectos ocultos del bien enajenado que lo hagan impropio para los usos a que se les destine, o que disminuyan de tal modo su utilidad, que de haberlos conocido el adquirente no hubiere hecho la adquisición o habría dado una prestación menor.