Artículo 2392 del Código Civil de Tabasco
Excepción
Libro cuarto. De las obligaciones disposiciones generales · Titulo undecimo. De la extincion de las obligaciones · Capitulo VI. Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La excepción de prescripción se obtiene por el solo transcurso del tiempo fijado por la ley y aprovecha a todos, aun a los que por sí mismos no pueden obligarse.