Artículo 2767 del Código Civil de Tabasco
De bien amueblado
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo séptimo. Del arrendamiento · Capitulo VIII. Del alquiler o arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Si se arrienda un edificio o aposento amueblado, se entenderá que el alquiler de los muebles es por el mismo tiempo que el del arrendamiento del edificio o local, salvo estipulaciones en contrario.