Artículo 289 del Código Civil de Tabasco
Por afinidad
Libro primero. De las personas · Titulo séptimo. Del parentesco y de los alimentos · Capitulo I. Del parentesco
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El parentesco de afinidad es el que se contrae por el matrimonio entre los parientes de las personas cónyuges. Disuelto el matrimonio desaparece el parentesco por afinidad en la línea colateral, pero subsiste en la línea recta, en todos los casos en que esta ley se refiere a tal parentesco.