Artículo 3069 del Código Civil de Tabasco
Derechos del fiador que pague
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoquinto. Contratos de garantia · Capitulo I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
El fiador que paga por el deudor solidario la totalidad de la prestación, tiene derecho de exigir de los otros codeudores la parte que en ella les corresponda.