Artículo 2416 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimosexto. De la fianza · Capitulo I. De la fianza en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El fiador que paga por el deudor solidario la totalidad de la prestación, tiene derecho de exigir de los otro codeudores la parte que en ella les corresponda.