Artículo 380 Bis 2 del Código Civil de Tabasco
Formas de Gestación por Contrato
Libro primero. De las personas · Titulo octavo. De la filiación · Capítulo vi bis. De la gestación asistida y subrogada
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
La gestación por contrato, admite las siguientes modalidades:
I.Subrogada: implica que la gestante sea inseminada aportando sus propios óvulos y que, después del parto, entregue el recién nacido a la madre contratante mediante adopción plena; y
II.Sustituta: implica que la gestante sea contratada exclusivamente para portar en su vientre un embrión obtenido por la fecundación de gametos de la pareja o persona contratante.