Artículo 947 del Código Civil de Tabasco
De bienes del haber matrimonial
Libro segundo. De los bienes y de los derechos reales · Titulo cuarto. De la usucapion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Tampoco puede comenzar ni correr la usucapión entre un tercero y una persona casada, respecto de los bienes inmuebles del haber matrimonial, enajenados por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro; pero sólo en la parte que a éste corresponda en ellos.