Artículo 140 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo tercero. Delitos contra la libertad personal · Capitulo I. Privacion de la libertad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Al que prive de su libertad a una persona, se le aplicará prisión de seis meses a tres años y de cincuenta a cien días multa.