Artículo 265 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo cuarto. Delitos contra la rectitud de la funcion persecutoria y de la judicatura · Capitulo I. Ejercicio laboral legalmente prohibido
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
La misma sanción se aplicará al que, como interpósita persona de un servidor público, litigue cuando la ley prohíba a dicho servidor público el ejercicio de su profesión.