Artículo 268 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo quinto. Delitos contra la administración de justicia · Capitulo I. Prevaricacion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Se aplicará prisión de dos a ocho años y multa de doscientos a cuatrocientos días multa al servidor público que:
REFORMADA P.O. 7822 SPTO. B 23-AGOSTO-2017
I.Dicte, a sabiendas una resolución de fondo o sentencia definitiva que viole algún precepto terminante de la ley, o que sea contraria a las actuaciones legalmente practicadas en el juicio;
II.Ponga injustificadamente en libertad a un detenido;
III.Permita fuera de los casos previstos por la ley, la salida temporal de las personas que estén privadas de la libertad, o
IV.Sin causa fundada, no cumpla una disposición de su superior competente y que le haya sido legalmente notificada.