Artículo 303 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo octavo. Delitos contra el respeto de los simbolos institucionales · Capitulo II. Ultrajes y uso indebido de insignias públicas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Al que ultraje las insignias del Estado o de un municipio, o de cualquiera de sus instituciones, o haga uso indebido de ellos, se le impondrá prisión de uno a tres años, y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Dichas sanciones se impondrán con independencia de las que correspondan por otros delitos.