Artículo 305 del Código Penal de Tabasco
Libro segundo · Parte especial · Titulo decimo. Delitos contra la seguridad colectiva · Capitulo unico. Afectacion de la seguridad colectiva por incendio explosion o inundacion.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 12 de septiembre de 2026
Al que por incendio, explosión, inundación o por cualquier otro medio, afecte la seguridad de las personas o los bienes, se le impondrá se seis meses a tres años de prisión y multa de doscientos a quinientos días multa, sin perjuicio de las sanciones aplicables al daño ocasionado.