Artículo 1281 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título segundo. Fuentes de las obligaciones · Capítulo I. Contratos · Sección V. Vicios del consentimiento.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Si ambas partes proceden con dolo o con mala fe, ninguna de el las puede alegar la nulidad del acto o reclamar indemnizaciones.