Artículo 1351 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título segundo. Fuentes de las obligaciones · Capítulo II. De la declaracion unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El promitente tiene derecho a designar a la persona o personas que deban decidir, de acuerdo con los términos de la convocatoria respectiva, a quien o a quienes de los concursantes se otorga la recompensa.