Artículo 1703 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título quinto. Del mutuo · Capítulo I. Del mutuo simple
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El mutuante es responsable de los perjuicios que sufra el mutuario por la mala calidad o vicios ocultos del bien prestado, si conoció los defectos y no le dio aviso oportuno.