Artículo 1920 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título noveno. Del mandato · Capítulo V. Del mandato judicial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El mandato judicial será otorgado en cualquiera de las formas establecidas para el mandato ordinario, o bien en escrito presentado y ratificado ante el Juez de los autos.
La substitución del mandato judicial se hará en la misma forma que su otorgamiento.