Artículo 2228 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo primero. De la prenda · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Cuando el bien dado en prenda sea un derecho que legalmente deba constar en el Registro Público, no surtirá efecto contra tercero la garantía constituida, sino desde que se inscriba en el Registro.