Artículo 2697 del Código Civil de Guerrero
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De los contratos en particular · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capítulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Cuando el bien dado en prenda fuere un título de crédito o un derecho que legalmente debe constar en el Regisro (sic) Público de la Propiedad, no surtirá efecto contra tercero la garantía constituida, sino desde que se inscriba en el Registro.