Artículo 2267 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título vigésimo primero. De la prenda · Capítulo V. Disposiciones finales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El derecho y la obligación que resulte de la prenda son indivisibles, salvo acuerdo en contrario de las partes; pero, cuando el deudor está facultado para hacer pagos parciales y se haya dado en prenda varios objetos o uno que sea cómodamente divisible, la garantía se irá reduciendo proporcionalmente a los pagos hechos, con tal de que los derechos del acreedor queden eficazmente garantizados.