Artículo 2459 del Código Civil de Tamaulipas
Libro quinto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión testamentaria · Capítulo IV. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Se tendrá por no puesta la condición de no dar o de no hacer, y la de no impugnar el testamento o Alguna de las disposiciones que contenga.