Artículo 632 Bis 3 del Código Civil de Tamaulipas
Libro primero. De las personas · Título octavo. De los ausentes e ignorados · Capítulo VIII. De la declaración especial de ausencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
A la solicitud de Declaración Especial de Ausencia se acompañará lo siguiente:
I.- Escrito con acuse de recibido de la denuncia o reporte de desaparición, o la presentación de queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o ante un organismo público de protección de los derechos humanos de cualquier entidad federativa;
II.- Documentales que acrediten el parentesco del ausente con las personas que se señalan como familiares; y
III.- Una lista de los bienes respecto de los cuales el Juez debe tomar medidas provisionales.
El Juez omitirá requerir al solicitante el cumplimiento de requisitos que resulten onerosos para la emisión de las declaratorias.