Artículo 951 del Código Civil de Tamaulipas
Libro segundo. De los bienes · Título quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo V. Del uso y de la habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El uso es un derecho real, temporal, vitalicio por naturaleza, para usar un bien ajeno, sin alterar su forma ni substancia. El usuario tendrá, además, el derecho de percibir los frutos del mismo, pero sólo en la medida que basten a cubrir sus necesidades y las de su familia, aun cuando ésta aumente.