Artículo 353 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo quinto. Del uso y de la habitación
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El uso es un derecho real, temporal, personalísimo y limitado, generalmente vitalicio por naturaleza, para usar un bien ajeno sin alterar su forma ni sustancia. El usuario tendrá además el derecho de percibir los frutos del mismo, pero sólo en la medida que basten a cubrir sus necesidades y las de su familia, aún cuando ésta aumente.