Artículo 243 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo. Reponsabilidad profesional · Capítulo II. Delitos de abogados, patronos y litigantes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Los defensores de oficio que sin motivo justificado no promuevan las pruebas conducentes en favor de sus defensos, serán además destituidos de su empleo; para este efecto los jueces comunicarán al superior del defensor las faltas respectivas.