Artículo 311 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo quinto. Delitos contra la paz y seguridad de las personas · Capítulo II. Allanamiento de morada
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Al responsable del delito de allanamiento de morada se le impondrá una sanción de seis meses a cuatro años de prisión y multa de quince a sesenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.