Artículo 421 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo noveno. Delitos contra el patrimonio de las personas · Capítulo III. Fraude
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Al responsable del delito de fraude laboral se le impondrá una sanción de seis meses a seis años de prisión y multa de quince a ochenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.