Artículo 66 del Código Penal de Tamaulipas
Libro primero · Parte general · Título quinto. De las sanciones · Capítulo II. Medidas de seguridad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Son medidas de seguridad:
a).- Reclusión de personas con discapacidad intelectual;
b).- Internación y educación de personas con discapacidad auditiva y del habla que hayan contravenido los preceptos de una ley penal;
c).- Internación y curación de toxicómanos, alcohólicos; y
d).- Medidas de vigilancia en la forma y términos que señale la Ley.