Artículo 1376 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo quinto. De la responsabilidad civil · Seccion primera. Reglas generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Sólo la responsabilidad civil proveniente del incumplimiento de un contrato puede regularse por las partes al celebrar éste.
La responsabilidad civil proveniente de los demás hechos ilícitos y la responsabilidad objetiva, pueden ser reguladas por los interesados después de haberse realizado los daños y perjuicios.