Artículo 1389 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo quinto. De la responsabilidad civil · Seccion segunda. Personas obligadas a la responsabilidad civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los patrones están obligados a responder de los daños y perjuicios causados por sus obreros o dependientes en el desempeño de su trabajo.