Artículo 1390 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo quinto. De la responsabilidad civil · Seccion segunda. Personas obligadas a la responsabilidad civil
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Los jefes de casa o los dueños de hoteles o casas de hospedaje están obligados a responder de los daños y perjuicios causados por sus sirvientes o empleados durante y con motivo del trabajo que realicen.