Artículo 2147 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo noveno. Del deposito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El depositario entregará a cada depositante una parte del bien, si al constituirse el depósito se señaló la que a cada uno correspondía.