Artículo 2201 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo undecimo. Del mandato · Capitulo III. De las obligaciones del mandante con relacion al mandatario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El mandante debe anticipar al mandatario, si éste lo pide, las cantidades necesarias para la ejecución del mandato.