Artículo 227 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo quinto. De la filiacion · Capitulo V. De las acciones dimanadas del estado de hijo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Podrán también los descendientes del hijo contestar toda demanda que tenga por objeto disputarle la condición de hijo.