Artículo 2359 del Código Civil de Tlaxcala
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimocuarto. De los contratos aleatorios · Capitulo I. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El constituyente no puede librarse del pago de la renta, ofreciendo el reembolso del capital y renunciando a la repetición de las pensiones pagadas, sino que debe cumplir el contrato en la forma y términos convenidos, por onerosos que fueren, salvo que el reembolso fuere aceptado voluntariamente.