Artículo 2599 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo primero · Capitulo unico. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El heredero adquiere a título universal y responde de las cargas de la herencia hasta donde alcance la cuantía de los bienes que herede.
El legatario adquiere a título particular y no tiene más cargas que las que expresamente le imponga el testador, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria con los herederos; pero cuando toda la herencia se distribuyere en legados, los legatarios serán considerados como herederos.