Artículo 2626 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo segundo. De la sucesion por testamento · Capitulo II. De las condiciones que pueden ponerse en los testamentos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si la condición es potestativa de dar o hacer alguna cosa, y el que ha sido gravado se allana a cumplirla; pero aquel a favor del cual se estableció rehusa aceptar el bien o el hecho, la condición se tiene por cumplida.